martes, 22 de febrero de 2011

Insider Trading

En este nuevo post voy a tratar el tema de la información privilegiada que se mueve por los mercados para aprovecharse, de forma fraudulenta, de las ventajas que obtienen algunas personas por su cercanía o pertenencia a empresas que trabajan en bolsa u otros mercados de valores.

Esta práctica recibe el nombre de Insider Trading y los individuos que hacen uso de ella cuentan con una clara ventaja sobre el resto de participantes de cualquier mercado de valores, ya que conocen, de partida, una información que les hace negociar sus acciones o participaciones sin ningún tipo de riesgo, adelantándose a las respuestas del mercado y  saben cómo actuar ante ellas para multiplicar su beneficio.

Esta es una acción perseguida por las autoridades debido a larepercusión negativa que origina a menudo en los mercados su uso, generando una gran desconfianza de todos los inversores que no cuentan con ese acceso a información especial y que toman partido por medio de las conclusiones a las que llegan observando el comportamiento normal que realiza el mercado, por tanto, el uso de estas técnicas basadas en el aprovechamiento del desconocimiento de los demás inversores genera que la desconfianza general impida un funcionamiento corriente de los mercados de valores, interrumpiendo su curso.

Cada vez más estas acción ventajosas son perseguidas y penadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con la ayuda de otras entidades públicas. Las penas a las que se arriesgan aquellas personas que hacen uso de esta información varía en función del beneficio que alcanzó haciendo uso de dicha información, yendo desde una multa, siendo esta de hasta 300.000€ o bien cinco veces el beneficio que hubiese obtenido de su operación fraudulenta, hasta años de cárcel, cuando la cantidad obtenida superó los 600.000€.

Para que no se haga uso de esta información, con el fin de proteger el mercado y la imagen que proyecta de la empresa aquellos que hacen uso de dicha información, se debe restringir su conocimiento únicamente a las personas que sea indispensable. Si cualquiera de estas personas transmiten la información a un conocido y este hace uso de ella para obtener ventaja en el mercado de valores ambos serían condenados bajo las penas antes mencionadas, sin embargo, cuando se opera con informaciones como rumores o información llegada a nosotros de forma casual, esta no es considerada como Insider Trading.

En el siguiente vídeo (aunque en inglés) se puede observar un caso de Insider Trading en el que el miembro de una compañía comunica una información privilegiada a su familia para que esta haga uso de ella y se beneficie. Vídeo aquí (Siento no poder incrustarlo directamente pero su inserción ha sido desactivada por su autor).

Inserto también un trabajo que desarrolla este tema de forma más extensa si alguien quiere indagar más en esta práctica ilícita.

Insider Trading

Una vez desarrollado el post he percibido la debilidad de los mercados de valores ante las prácticas ilícitas como puede ser la que he tratado en este post, lo que hace necesario que se desarrolle una vigilancia continua por parte de los organismos públicos para proteger a los pequeños inversores y al sistema en general.

Basilea III

El siguiente post de mi blog voy a dedicarlo a tratar de explicar qué nuevas medidas buscan los bancos para salvaguardarse de que se repita la situación que vivimos hace pocos años y que a día de hoy seguimos arrastrando en nuestra economía, estas medidas que acuerda la banca para protegerse de la falta de liquidez y otras amenazas que le afectan recibe el nombre de Basilea, son una serie de acuerdos con gran bagaje en la banca, ya que el primero de ellos entró en vigor en 1988, pero se han ido introduciendo sucesivas mejoras hasta el actual Basilea III.


Las particularidades de cada acuerdo fueron:
  • Basilea I: elaborado en 1988 por los gobernadores de los bancos centrales de países como Alemania, Bélgica, Canadá, EE.UU., España, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Reino Unido, Holanda, Suecia y Suiza. Con él se pretendía que los bancos contaran con un capital permanente para hacer frente a los riesgos del mercado, riesgos de los créditos y a los tipos de cambio, este capital recibió el nombre de "capital regulatorio" y se acordó que significase el 8% de la suma de los capitales de riesgo. Aunque no fue un acuerdo de obligado cumplimiento fue acogido por más de 100 países, pero debido a sus limitaciones fue suplantado por el Acuerdo de Basilea II.
  • Basilea II: entra en vigor en el 2004, derogando el antiguo Acuerdo de Basilea, y en él se recogen una serie de recomendaciones sobre la regulación bancaria cuya principal finalidad es proteger a las entidades contra los riesgos financieros y de operaciones de los mercados, estas recomendaciones se sustentan sobre tres pilares básicos para el acuerdo: Cálculo de requisitos mínimos de capital, Supervisión de la gestión de los fondos propios y Disciplina del mercado.
          - Cálculo de requisitos mínimos: es lo principal de este segundo Acuerdo de Basilea, con él se pretende corregir una de las grandes deficiencias del primer acuerdo, ya que en él no se tenía en cuenta la calidad crediticia del prestatario, pero en este nuevo acuerdo cobra mayor importancia.
          - Supervisión de la gestión de los fondos propios: otra de las pautas que establece este nuevo acuerdo es que los organismos superiores del estado pueden intervenir para que los bancos aumenten su nivel de prudencia si están operando en su territorio, teniendo que supervisarles para que cuenten con suficientes reservas en caso de crisis económica, por lo que los bancos están obligados a contribuir a esta función manteniendo una gestión de datos saneada, tomando parte en esta premisa las alta dirección de la institución bancaria.
          - Disciplina del mercado: se acordaron normas de transparencia y publicación periódica de los datos de las entidades de sus fondos propios para conseguir que se lleguen a buenas prácticas bancarias y la transparencia financiera, además de otras mejoras.

La actual situación económica ha puesto en evidencia que las medidas que mostraban estos acuerdos son insuficientes debido al gran deterioro de la calidad del capital de las entidades. Para poder aliviar esta situación y conseguir el fortalecimiento del sistema bancario se han desarrollado un conjunto de medidas de carácter reformador conocidas como Basilea III.


Estas medidas pretenden ser puestas en vigor de forma paulatina entrando las primeras a desarrollarse en el año 2012, dando un plazo a las entidades para que las incorporen a su modelo de trabajo hasta el año 2019. Para incorporarse a esta nueva normativa las entidades deberán realizar un esfuerzo importante, ya que necesitarán un mayor importe de capital adicional para hacer frente a estas nuevas condiciones.

La incorporación de este plan no solo servirá para que los bancos se refuercen ante una posible crisis, también traerá consecuencias a los clientes de dichos bancos a la hora de solicitar capital. Estas medidas impondrán un modelo más restrictivo a la hora de obtener financiación de una entidad bancaria, lo que se manifestará a largo plazo en una reducción del PIB, frenando el progreso económico, por lo que se instalará un modelo de banca mucho más austero pero con mayor seguridad.

A continuación adjunto el programa de unas jornadas que tuvieron lugar en Madrid en la que distinguidos ponentes trataron el tema de este post.




Y este es el video-resumen de lo que dio de si estas jornadas:


Con este vídeo doy por finalizado este post, con el que he intentado esclarecer el porqué a partir de la puesta en marcha de estas medidas la banca se mostrará restrictiva (aún más) a la cesión de capital para fines particulares o de carácter empresarial, pero en tiempos como los que vivimos actualmente se hacen necesarios estos recortes para que el día de mañana no tengamos que volver a sufrirlos.

domingo, 20 de febrero de 2011

El riesgo país y sus sistemas de calificación

El tema que voy a tratar en la segunda entrada de este blog, dedicado a las opciones financieras que se encuentran en los mercados actuales, corresponde con un tema que no se ha dejado aparcado en ningún momento desde que esta crisis asaltó los mercados internacionales e hizo que todos los inversores, tanto particulares como empresas dedicadas al mundo de la inversión internacional (cada vez más común en una economía como la nuestra que actualmente se haya completamente globalizada), se preocuparan del auténtico nivel de  riesgo con el que estaban trabajando sus operaciones en un país que no era el suyo propio. Este riesgo al que nos referimos va a acorde con una serie de factores que se encuentran en todos los países, tanto explícita como implícitamente, y deben ser tenidos en cuenta si se quiere obtener la máxima rentabilidad de una inversión, que a menudo nos ocasiona un coste de oportunidad que siempre ha de ser tenido en cuenta si queremos prosperar en el arriesgado mundo de las finanzas.
La herramienta más elemental y que primero debemos consultar si deseamos realizar una inversión en un determinado país es el llamado "Riesgo País", este se basa en el riesgo propiamente dicho de una determinada inversión condicionada por los agentes específicos de cada país, pudiendo ser estos: su zona geográfica, su estado político actual, sus condiciones sociales, económicas, etc. Todas estas variables son ponderadas para obtener un riesgo promediado de las inversiones en ese territorio y con ello se pretenderá expresar la probabilidad de sufrir una pérdida de esa capital invertido en un inicio.

            
El tipo de inversión más común a nivel internacional se basa en la compra de la deuda externa que emiten los países que se encuentran en con una economía de carácter emergente y que se ven necesitados de capital externo para llegar a desarrollar plenamente sus economía, para que en un determinado momento ellas mismas puedan operar con autosuficiencia a nivel económico, sin necesidad de supervisión externa en forma de entrada de capitales en su economía. Estos países emergentes encuentran un modo de financiación rápido, pero por él se comprometen a beneficiar con unos determinados intereses a los propietarios de esos capitales percibidos. El interés que obtienen de la compra de su deuda externa está relacionado directamente con el riesgo que corren los inversores de perder su capital aportado.

Existen unas distinciones en los riesgos a los que se enfrentan los inversores a la hora de trabajar con la deuda externa de cualquier país:
  • Riesgo Soberano: mediante él se indica la probabilidad de que un país incumpla con el pago de sus deudas por razones de carácter económico y financiero, es aceptada por todos los que compran deuda externa.
  • Riesgo de Transeferencia: se basa en la imposibilidad que pueda encontrar un país de pagar los capitales, intereses y dividendos, debido a la situación económica en la que se encuentre.
  • Riesgo Genérico: basado en éxito o fracaso que pueda sufrir la actividad empresarial debido a la situación política, económica o social del país.
Todos estos riesgos son calculados y publicados por una entidad financiera norteamericana llamada JP Morgan, mediante un estudio de mercado conocido como EMBI (Emerging Markets Bond Index), en el que se analizan los riesgos de la compra de deuda externa de cada país. Para su elaboración se toma como referencia la tasa de interés que ofrecen los distintos países por su deuda comparándola con el interés que ofrecen los Bonos del Tesoro de los Estados Unidos. 


Estos índices son de referencia natural para inversores que se mueven por mercados emergentes, por lo que mediante ellos se puede comparar fondos de inversión o las cotizaciones que se producen en la bolsa, para ello se ayudan de tres tipos de índices dentro del denominado EMBI:
  • GBI-EM Generales: Recoge todos los países en los que se puede comprar deuda, sin importar los controles de capital u otras dificultades para inversores extranjeros.
  • GBI-EM Global: Incluye a los países que son accesibles por la mayor parte de los inversores internacionales.
  • GBI-EM: Recoge a los países con una renta más baja, aunque con una deuda más estrecha y restrictiva.
Con la situación actual del mercado económico a nivel global debida a la crisis que contagio a los mercados por la globalización de estos (ya mencionada al principio de este post) se ha visto mermada la compra de deuda externa de países que se hallaban en proceso emergente, cortando su progresión económica.


Con esto espero que todo aquél que lea este blog por su desconocimiento del denominado Riego País sea después de leerlo, consciente de qué herramientas hay que utilizar a la hora de adentrarse en el mundo de las inversiones en la deuda externa de cualquier economía emergente, y que con ayuda de ellas sea capaz de rentabilizar tanto su inversión como su conocimiento de cómo todo se mueve en este mundo que desde este blog quiero enseñar y a la vez aprender.